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domingo, 25 de enero de 2015

HOY DOMINGO ENTRA EN VIGOR LA LEY 14/2014 de Armonización y Simplificación, en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales.

Una vez en vigor, presuntamente ya no hay impedimentos, para que se efectúe la repoblación de perdiz moruna en Tenerife, solo hace falta el informe del Director General de la Naturaleza del Gobierno de Canarias, que esperamos que no esté ni enfermo ni de viaje para que pueda autorizar  la firma electrónica del documento, pero vamos a hacer un relato desmenuzado del problema:

A principios  de agosto de 2014 desde el Cabildo de Tenerife, se envía a la Dirección General del Medio Natural, el Informe y la petición de repoblación de perdiz moruna en la isla de Tenerife, a la Dirección General del Medio Natural, en un alarde exhaustivo descriptivo de la actividad tal como se ha desarrollado desde hace 30 años en Tenerife añadiendo detalles y coordenadas de todos y cada uno de los puntos de suelta de las perdices. Tal como es la administración se entiende que en un plazo máximo de quince días,  debe estar contestada dicha petición. El documento al cual hemos tenido acceso es una memoria muy completa con todo el proceso de crianza, procedencia genética, cartografía de sueltas, coordenadas de sueltas, metodología etc.

En el mes de  octubre principios, el documento aún se encuentra sin estudiar, y en un tocho de papeles, sin que se haya  pasado a las personas responsables del Gobierno de Canarias. Se pone en movimiento en ese entonces gracias a la intervención de técnicos del Cabildo que insisten en la tramitación de la repoblación.

En el mes de noviembre se le indica al Cabildo, que para AUTORIZAR LA REPOBLACIÓN se debe realizar un INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO, ya que dichas sueltas podrían afectar a otras especies silvestres que habitan las zonas de sueltas. Este Informe debe ser realizado por empresas externas al Cabildo, ya que su personal no da para más por el volumen de trabajo que tienen El presupuesto muy elevado del  que no se dispone por el Área de Medio Ambiente.  Tras conversaciones continuas el Gobierno de Canarias NO CEDE A ESAS EXIGENCIAS.


En la segunda quincena de noviembre, todo está preparado para la repoblación, las perdices se han desarrollado y se encuentran fuertes para afrontar la vida silvestre y la naturaleza con las lluvias ha facilitado enormemente la labor, pero falta  la autorización del Gobierno de Canarias y por tanto el Cabildo NO PUEDE RESOLVER LA SITUACIÓN CREADA.

Desde la Federación de Asociaciones para la Gestión Cinegética de la isla de Tenerife, se han hechos gestiones directas, en el Cabildo Insular de Tenerife con entrevistas con los Técnicos sin resultado positivo. También se han mantenido reuniones, al más alto nivel, con personal de confianza del Gobierno de Canarias y siempre se han encontrado con la misma respuesta  "LOS TÉCNICOS NO INFORMAN FAVORABLEMENTE LAS SUELTAS DE PERDICES". FALTA EL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL.

Mientras tanto el personal de la Federación de Gestión Cinegética de la isla de Tenerife, ha continuado con los cuidados y atención alimentaria y sanitaria, de los dos voladeros mayores de la isla, el de La Chapita y el del Helecho. Las perdices están en unas magníficas condiciones, a pesar de que ya en algunos machos y hembras, el celo les está haciendo tener conflictos entre ellos/as.

En todos los  voladeros existen 3.500 perdices morunas, para ser soltadas en el terreno cinegético, SIEMPRE EN LUGARES ALEJADOS DE LOS CULTIVOS. El campo que había sido ya regado por las lluvias estaba en perfectas condiciones con agua de sobra y vegetación no solo como protección sino como alimento para las perdices.

El día 5 de enero, sale publicado en el BOC  la LEY 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación, en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, en ella no aparece para nada la exigencia de aportar para la repoblación de las perdices DE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO NI SIN DETALLAR. Pero sigue la cerrazón del Gobierno de Canarias, de no autorizar la repoblación de perdices morunas en la isla de Tenerife, puesto que hay que esperar que la Ley entre en vigor a los veinte días. Pero todo esto se sabía que iba a ser así puesto que el Parlamento de Canarias ya llevaba tramitando la Ley desde hacía meses y todo era presuntamente para obstaculizar la labor de repoblación de perdiz moruna en Tenerife.

Mientras tanto en la isla de Gran Canaria, al poco de acabar la temporada el propio Cabildo Insular de Gran Canaria, realiza la repoblación con PERDIZ ROJA, gracias  a una autorización del día 27 de enero de 2014, firmada por el Director General de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Canarias el mismo que negaba la firma al Cabildo de Tenerife. A Gran Canaria  en finales de 2013, TAMPOCO SE LE AUTORIZÓ LA REPOBLACIÓN  DE PERDIZ ROJA, y lo hicieron en febrero de 2014.

Haciendo historia, la perdiz moruna, se ha venido repoblando en Tenerife desde hace más de 30 años, sin ningún tipo de exigencias de impacto ambiental,  incluso después de la aprobación de la LEY 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, que es la que según el Gobierno de Canarias, ha impedido conceder la autorización para repoblar perdices en Tenerife.

Sin embargo en los años 2012 y 2013, es decir 22 y 23 años más tarde de la aprobación de la Ley 11/1990, ya habiendo entrado en vigor, existen RESOLUCIONES AUTORIZANDO LA REPOBLACIÓN DE LAS PERDICES  MORUNAS EN TENERIFE.

AÑO 2012.- Escrito firmado por el entonces Director General de Protección de la Naturaleza D. Pedro Fernández Pérez de fecha 07/11/2012 con registro de salida536568.

Año 2012:- En base a la información disponible en este Servicio sobre los elementos naturales que podrían verse afectados, se considera que no es de aplicación lo dispuesto en el artículo 41.2 de la Ley 7/98 de 6 de julio y que no es previsible ningún efecto negativo sobre los ecosistemas ni sobre las especies amenazadas, por lo que SE INFORMA FAVORABLEMENTE el PLAN DE REPOBLACIÓN DE PERDIZ MORUNA SOLICITADO


Año 2013.- Con base a la información disponible sobre los elementos naturales que podrían verse afectados, se considera que no es de aplicación lo dispuesto en el artículo 41.2 de la Ley 7/98 de 6 de julio y que no es previsible ningún efecto negativo sobre las especies protegidas ni los espacios p

AÑO 2013.- Escrito firmado por el entonces Director General de Protección de la Naturaleza D. Pedro Fernández Pérez de fecha 08/10/2013 con registro de salida 93664.

rotegidos por lo que SE INFORMA FAVORABLEMENTE LAS SUELTAS DE PERDIZ MORUNA   a los efectos de lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 7/98 de 6 de julio y el artículo 50.1 del Decreto 42/2003 de 7 de abril.

¿Que es lo que ha sucedido entonces?. Pues sin ánimo de lanzar fábulas al aire, presuntamente debe haber alguna persona, que es más lista, más obtusa o más preocupada por estorbar, a los planes de repoblación en el año 2014 de la perdiz moruna. Si en años anteriores estaban en el Cabildo de Tenerife y en el Gobierno de Canarias, los mismos técnicos que redactaban los informes al Director General y este los firmaba sin reparos ¿Por qué este Director General o por qué estos Técnicos del Gobierno de Canarias han cambiado de actuación?.

Hoy domingo entra en vigor la Ley 14/2014, veremos si ya mañana día 26 está firmada la autorización para poder repoblar con perdiz moruna la isla de Tenerife. Todo está preparado para hacerlo a partir del martes 27, todo menos la firma que no depende de los cazadores sino de políticos y técnicos.

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