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lunes, 7 de mayo de 2012

LA CAMPAÑA DE CONTROL DE GATOS ASILVESTRADOS UN ÉXITOEN 2011 QUE SE ESTÁ IGUALANDO EN 2012.


LA CAMPAÑA DE CONTROL DE GATOS ASILVESTRADOS UN ÉXITO EN 2011, QUE SE ESTÁ IGUALANDO EN 2012.

Debidamente autorizada por el Cabildo Insular de Tenerife y el Gobierno de Canarias desde el año 2011 se empezó a desarrollar una campaña de control de gatos asilvestrados en la isla de Tenerife. Para ello se adquirieron 250 jaulas trampas que necesitaron ser homologadas ya que uno de los requerimientos es que no se causen daños a las especies para las que se colocan.

Las jaulas trampas fueron sufragadas por las sociedades de cazadores que se encuentran integradas en la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES PARA LA GESTIÓN CINEGÉTICA DE LA ISLA DE TENERIFE.. Cada sociedad de cazadores aportó 8 jaulas lo que supuso una buena inversión económica en beneficio de “todas las especies silvestres”, no solo las especies cinegéticas.


Seguidamente exponemos el Plan de Control que se nos ha cedido gentilmente.

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES PARA LA GESTIÓN CINEGÉTICA DE LA ISLA DE TENERIFE.

PLAN DE MEJORA DE LA GESTIÓN CINEGÉTICA 2012. Nº 2

CONTROL DE POBLACIÓN DE DEPREDADORES:

Una vez realizada la primera experiencia, correspondiente al año 2011 y a la vista de los buenos resultados obtenidos, para realizar el diagnóstico lo más real posible de la incidencia en la situación de las poblaciones cinegéticas, en la isla de Tenerife especialmente la perdiz y el conejo, planteamos la necesidad de prolongar este control en el año 2012 y posteriores, como medio válido para reducir las poblaciones de animales asilvestrados especialmente los gatos cimarrones y con ello aumentar las expectativas de caza en la temporada correspondiente.

La caza menor en Tenerife, cuyo aprovechamiento cinegético principal es el conejo y  la perdiz moruna, ha sufrido una regresión importante debido a las alteraciones de los hábitats, las enfermedades epizoóticas, la depredación, la presión cinegética y la introducción de especies exóticas, lo que ha llevado a las poblaciones de caza menor a situaciones de muy baja densidad. Aunque los colectivos de cazadores,  suelen considerar la depredación como una de las causas fundamentales de la escasez de piezas.
La caza regulada de predadores cinegéticos generalistas es una práctica que, acompañada de una serie de medidas óptimas de gestión del hábitat y de gestión de regulación de la actividad cinegética, podría contribuir parcialmente a la recuperación de determinadas poblaciones de especies de caza menor y de la fauna silvestre.
En Canarias, como en otros archipiélagos, el gato ha sido desde su introducción causa directa de la extinción de numerosas especies de vertebrados y del arrinconamiento de otras. En  El Hierro, Tenerife y La Gomera, los gatos han obligado a tres especies de lacértidos a subsistir únicamente en riscos poco accesibles (ponencias sobre el control de vertebrados invasores;2003).
 En base a la legislación actual y en tanto la Comunidad Autónoma Canaria no  homologue los métodos masivos y su procedimiento  de uso, se entiende que son los Cabildos Insulares los competentes en otorgar dichas autorizaciones lo que mejorará considerablemente la gestión sobre esta problemática


FUNDAMENTOS JURÍDICOS

En relación con el control de predadores generalistas, la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, no  contempla su regulación. Sin embargo, el art. 47 del Decreto 42/2003 por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley contempla: “…  b) Caza menor: se consideran piezas de caza menor el conejo, la perdiz moruna, la perdiz roja, la tórtola común, la codorniz común, la paloma bravía y los animales asilvestrados. A estos efectos, se consideran animales asilvestrados aquellos de origen doméstico que no dependen del hombre para su subsistencia y los que no habitan en Canarias de manera natural.”
La  Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece en su artículo 62 g) que: “los métodos de captura de predadores que sean autorizados por las Comunidades autónomas deberán haber sido homologados en base a los criterios de selectividad y bienestar animal fijados por los acuerdos internacionales”. Los acuerdos internacionales a los que hace referencia, son los suscritos por la Unión Europea y Canadá, la Federación Rusa y Estados Unidos sobre normas internacionales de captura no cruel, adoptados mediante la Decisión 98/142/CE del Consejo, de 26 de Enero de 1998, y mediante la Decisión 98/487/CE del Consejo, de 13 de Julio de 1998.
La Ley 7/1998, de 6 de Julio, de Caza de Canarias en su art. 43 declara los métodos masivos y no selectivos, incluyendo a las trampas como método masivo. La Comunidad Autónoma Canaria no ha desarrollado esta normativa.



OBJETIVOS DEL CONTROL DE DEPREDADORES:

1º.- Control de las poblaciones de gatos asilvestrados en las diferentes zonas de la isla de Tenerife, que tanto daño hacen a las poblaciones de especies cinegéticas y protegidas, ya que su alimentación comprende desde el conejo, perdices, pájaros, lagartos y en menor medida ratas ya que estas tienen mucho más desarrolladas sus defensas en la naturaleza

2º.- Aumentar la supervivencias de la reproducción anual de especies ya que los gatos inciden especialmente en la época de cría de todas las especies que forman parte de su dieta

3º.-  Establecer métodos y medios  de captura, que  sean selectivos como las cajas trampas debidamente homologadas, y con las dimensiones adecuadas para no infringir sufrimiento a los animales capturados.

MEDIOS:

 Para el procedimiento de captura se emplearán, el uso de cajas trampa y cebos homologados por la U.O.Biodiversidad. Las cajas trampa tipo “tomahawk” y como cebo alimentos, que contienen saborizantes olorosos específicos para gatos, que es  de los procedimientos selectivos conocidos.
Las medidas son; medidas interiores  80x30x35 cm,  50x50 mm. de luz y diámetro de barra de 4 mm.  Puerta Tipo guillotina activada mediante pisante regulable en presión. Chapa indentificativa con número autorización, y promotor

METODOS

Métodos Las capturas se realizarán en condiciones que no supongan acto de crueldad para los animales. Los cajas trampa con el método propuesto en la Isla de Tenerife, no han registrado ninguna captura de animales no objetivo.
Ni las aves ni los conejos, han mostrado interés alguno hacia las trampas, ya que el cebo empleado no es atractivo para ellos.
Personal.  El control lo realizarán los guardas de la Federación de Asociaciones   para la Gestión Cinegética de la Isla de Tenerife. Los  guardas actuantes, llevarán consigo en todo momento la autorización.

Las capturas se realizarán en condiciones que no supongan acto de crueldad para los animales. Los cajas trampa con el método propuesto en la Isla de Tenerife no se ha registrado ninguna captura de animales no objetivo. Ni las aves ni los conejos han mostrado interés alguno hacia las trampas, ya que el cebo empleado no era atractivo para ellos.


ACTUACIONES  DE CONTROL.

El período de actuación será de uno enero a treinta y uno de diciembre prorrogables, siempre que haya solicitud al efecto.

Las trampas serán revisadas diariamente, preferentemente por la mañana, con el objeto de valorar las capturas realizadas. Se podrán recolectar muestras biológicas en el caso de que se interesen investigadores para valorar el efecto de depredación. En caso de pérdida o sustracción de una jaula, se comunicará de inmediato su desaparición al Área de Medio Ambiente.

Los controles que se ejercerán serán Los ejemplares capturados de la especie objetivo serán trasladados al Centro Ambiental La Tahonilla  donde, toda vez que se compruebe la identificación del animal, se notificará a su propietario. Si resultara tratarse de un caso de abandono del individuo, por parte de su propietario se dará cuenta a los servicios jurídicos del Cabildo

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