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viernes, 16 de diciembre de 2011

LOS ANIMALES ABANDONADOS, ESPECIALMENTE PERROS DE CAZA, TEMA A DEBATIR EN LA TELEVISIÓN CANARIA

Los casos ocurridos recientemente en la isla de Fuerteventura, en la que los ataques de perros asilvestrados, ha llevado a sufrir matanzas de ovejas y cabras en este mes de diciembre, es un tema interesante, en el que como hemos informado en los primeros momentos, se echaba la culpa a perros podencos abandonados por los cazadores.

Más tarde según declaraciones de algunos afectados, se descubrió según sus palabras de “perros satos mestizos con otras razas”. Por ello y como quiera las Fiestas de Navidad y Reyes, son propicias para regalar mascotas es  necesario concienciar a las población de que una mascota, sea perro, gato , pájaro o cualquier animal tiene una continuidad en su cuidado y que no se puede abandonar a este ser vivo de cualquier manera. Por ello desde la Televisión Canaria nos han invitado a participar en el programa matinal “BUENOS DIAS CANARIAS”, el próximo lunes día 19 sobre las 9:00 de la mañana.

Hay que evitar imágenes como estas, que circulan en la red de youtube ,y que nos perjudican tanto, pero como observarán de perros de caza, tienen poco más bien son perros domésticos abandonados de la raza " mil leches" 

Video extraido de youtube http://youtu.be/o-R4mEW4RKg


Hay legislación canaria al respecto, en concreto  la Ley 8/91  de Protección de los Animales en Canarias, y el Reglamento que la desarrolla. Cabe recordar que entre sus artículos está éste:



Artículo 3. 1. Quedan fuera del ámbito de esta Ley y se regirán por su normativa propia:

a) La caza. Véase Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias (L7/1998).
b) La pesca.
c) Las actividades de experimentación, incluida la vivisección de animales.
d) La protección y conservación de la fauna silvestre.

2. Asimismo, quedan fuera del ámbito de esta Ley los animales salvajes cautivos o los criados con la finalidad de ser devueltos al medio natural. No obstante, no serán objeto de malos tratos y deberán observarse para éstos las mismas condiciones higiénico-sanitarias, de salubridad

A pesar de ello, los cazadores siempre hemos estado sometidos a unos controles exhaustivos, por parte de las autoridades al respecto de la posesión de nuestros perros de caza, de su vacunación e identificación, y estas actuaciones y requisitos han sido y son, objeto de un tráfico mercantil. Téngase en cuenta de que una dosis vacuna de la rabia, apenas llega a 0,70 € de coste, y sin embargo la tarifa veterinaria la  sube a márgenes abusivos, máxime como dice la propia norma, siendo de carácter de protección de la salud pública. Por ello no debiera ser motivo de especulación dineraria por los profesionales.

Otro aspecto de esta ley, nos obliga a identificar todos los perros, sean de la raza que sean, y señala dos métodos autorizados en Canarias, el tatuaje en la oreja y el microchip. Esta norma también es motivo de especulación los precios del microchip se disparan, pues mientras uno puede costar unos 3 € de fábrica, le cobran al propietario hasta más de 40 €.


El abandono de animales, está regulado en la Ley de referencia y en su Artículo 16. 1. establece lo siguiente:

1. Sin perjuicio de las normas propias del Derecho Civil, a los efectos de esta Ley se considerarán abandonados los animales domésticos o de compañía que carezcan de dueño o éste no pueda ser conocido o localizado.

2. La Administración o las Asociaciones Protectoras que recojan animales presuntamente abandonados, deberán retenerlos para tratar de localizar a su dueño durante, al menos, diez días antes de poder proceder a su apropiación, cesión a un tercero o sacrificio.

3. Si el animal recogido es identificado, se dará aviso a su propietario para que, durante el plazo previsto en el apartado anterior, pueda recuperar su posesión previo abono de los gastos que haya originado su custodia y mantenimiento.

4. La cesión de animales a un tercero se hará en la forma que reglamentariamente se establezca.

Este plazo establecido de diez días en el punto 2, de este artículo, se contradice con el texto del artículo 8 y 9, del Reglamento que la desarrolla, y que dice lo siguiente:

Artículo 8.- 1. De conformidad con lo establecido en el artº. 16 de la Ley 8/1991, se consideran abandonados los animales domésticos o de compañía que carezcan de dueño o éste no pueda ser conocido o localizado.
2. Asimismo, se consideran abandonados los animales domésticos o de compañía en las circunstancias del artº. 9 de este Decreto.
Artículo 9.- 1. La Administración competente o las asociaciones protectoras que, en los términos del artº. 26 del presente Decreto, recojan animales presuntamente abandonados, deberán retenerlos para tratar de localizar a su dueño durante veinte días antes de poder proceder a su apropiación, cesión a un tercero o sacrificio.
2. Si durante ese plazo el animal es identificado, se dará aviso fehaciente a su propietario y éste tendrá un plazo máximo de diez días para que pueda proceder a su recuperación, previo abono de los gastos que hayan originado su custodia y mantenimiento. En todo caso, el plazo total no será inferior a veinte ni superior a treinta días, a contar desde la ocupación del animal.
No proceder a su recuperación en el citado plazo, será considerado abandono y se estará a lo dispuesto en el artº. 24.3.d) de la Ley 8/1991.
Pues bien, tenemos referencia de abusos que hacen algunas protectoras, en cuanto al acogimiento de perros de caza, y a su posterior adopción por terceras personas, pues aunque los perros están debidamente identificados, no se le comunica como dice la norma mediante AVISO FEHACIENTE. ¿ Qué entendemos por aviso fehaciente?.


Por lo general aviso fehaciente, es un aviso en el que se deben tener constancia escrita de que el aviso se ha realizado. Conocemos un caso de una perra podenca, de un cazador del norte de Tenerife, que se extravió en Guía de Isora, y que al consultar un veterinario al cabo de unos días el Nº de su microchip, descubrió que estaba en Alemania, y que antes había sido traspasada previamente a una protectora, que no notificó a su propietario que la tenía en su poder y que cedió en adopción a dicha perra.
En Fuerteventura también han sucedido extrañas adopciones, como se demuestra en este artículo que exponemos, y firmado por el periodista Antonio Cabrera de Saa:

ALEMANIA INVESTIGA EL TRASLADO DE PERROS A SU PAIS. Contra La Intolerancia De La Convivencia Con Nuestros Perros, el miércoles, 9 de noviembre de 2011

PUERTO DEL ROSARIO ( Antonio Cabrera).- La Embajada de Alemania en España, abrirá una investigación para esclarecer, el masivo traslado de perros de forma anómala e ilegal desde Fuerteventura a aquel país, denunciado por la Asociación Protectora de Animales y Plantas Okapi, entidad que gestiona la Perrera Municipal de Puerto del Rosario.  

El cónsul honorario de la citada Embajada para Lanzarote y Fuerteventura, Roland Mager, señaló ayer a este periódico que si los traslados "no son legales hay que cortarlos". Además, agregó: "Mañana me pondré en contacto, tanto con la Embajada en Madrid, como con el Consulado en Gran Canaria ,para que se abra una investigación y se clarifique la denuncia que han presentado en Fuerteventura".
Por otra parte, el Colegio de Veterinarios de Las Palmas ha anunciado también la apertura de un expediente informativo tras la aparición no solo de numerosos microchips de origen alemán en la Perrera Municipal de Puerto del Rosario sino de canes con este mecanismo de identificación, sin estar registrados en el Registro Canario de Identificación Animal (Zoocan).  (Registro Privado del Colegio de Veterinarios, pero no Oficial del Gobierno de Canarias) Aclaramos nosotros

El gerente del citado colegio profesional, Francisco Rodríguez, reconoció tener conocimiento de algunas irregularidades en la identificación de los perros, "por eso solicitaremos al departamento jurídico un informe detallado de la situación y, luego, actuaremos como proceda".  No pueden hacer nada.
La perrera municipal de la capital, se ha convertido en la punta de un iceberg para el Ayuntamiento capitalino, dado que el centro es de titularidad municipal. A pesar que desde el 2005 ha cedido mediante un convenio la gestión a Okapi, durante todo este tiempo no ha fiscalizado la gestión de la misma. Los perros que entran en la Perrera son propiedad municipal, hasta que aparezca el dueño. Sin embargo, no ha existido ningún control sobre los animales.
Así pues, esperemos que estos casos no se repitan, sobre todo con los perros de los cazadores, ya que estamos cansados de ver pasar perros por cualquier calle sin bozal, al lado de Policías y no pasa nada, y sin embargo a los cazadores nos paran y comprueban nuestros documentos como debe ser.

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